Regulación Municipal de los usos y horarios en las Playas y zonas de baño
13/11/2020 | 14:14
Noviembre y Diciembre de 2020

Por medio de la presente, y tras la entrada en vigor del Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID – 19, y cuyo objeto establece además de lo previsto en su título, prevenir posibles rebrotes, con vistas a la superación de la fase III del Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad y, eventualmente, la expiración de la vigencia del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y sus prórrogas (BOE núm. 163 de 10 de junio de 2020, vigencia desde 11 junio 2020)

Vista la Resolución de 19 de junio de 2020, del Gobierno de Canarias, por la que se dispone la publicación del Acuerdo por el que se establecen medidas de prevención para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, una vez superada la fase III del plan para la transición hacia una nueva normalidad, finalizada la vigencia de las medidas propias del estado de alarma, y cuyo objeto pretende establecer las medidas preventivas necesarias para hacerle frente.

Visto el Decreto 78/2020, de 12 de noviembre, del Presidente, por el que se establecen medidas en el ámbito de la isla de Tenerife en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma, para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2. Así como en la Resolución de 12 de noviembre de 2020, por la que se dispone la publicación del Acuerdo por el que se establecen, en el ámbito de la isla de Tenerife, las medidas urgentes de carácter extraordinario y temporal, de prevención y contención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Una vez emitido informe técnico municipal a través del Servicio de Medio Ambiente y Sostenibilidad, de fecha 13 de noviembre del 2020, relativo al deber municipal y en concreto en lo previsto en el anexo relativo a playas. Se abrirán al público la totalidad de las playas de Arona durante el periodo de noviembre y diciembre del 2020, bajo los supuestos y condiciones que a continuación se establecen:

 

ID Gobierno de Canaria

Nombre

de la Playa

AFORO

SERVICIO DE SALVAMENTO

 

USOS PERMITIDOS

 

Franja horaria

 

10.00 h a 18.00 h

 

 

7.00 h a 11.00 h

 

 

11.00 h a 21.00 h

 

760181300

Playa Honda

Sin aforo

CON SERVICIO

Deporte de surf y pesca deportiva

Deporte de surf y pesca deportiva

Tomar el sol, baño, pasear y actividad deportiva acuática sin contacto físico

760181200

El Camisón

500

CON SERVICIO

 

Tomar el sol, baño, pasear y actividad deportiva acuática sin contacto físico

760181100

Las Vistas

2.510

 

CON SERVICIO

 

Deportes acuáticos y náuticos

Tomar el sol, baño, pasear y actividad deportiva acuática sin contacto físico.

Actividad de Voleibol Playa en el espacio habilitado por la Real Federación Española y Canaria de Voleibol

760181000

Los Cristianos

855

 

CON SERVICO

 

Deportes acuáticos y náuticos

Tomar el sol, baño, pasear y actividad deportiva acuática sin contacto físico.

760180100

Los Tarajales

Sin aforo

SIN SERVICIO

 

Tomar el sol, baño, pasear y actividad deportiva acuática sin contacto físico.

760180900

El Callao

Sin aforo

SIN SERVICIO

 

Tomar el sol, baño, pasear y actividad deportiva acuática sin contacto físico.

760180700

La Arenita

(PalmMar)

Sin aforo

SIN SERVICIO

 

Tomar el sol, baño, pasear y actividad deportiva acuática sin contacto físico.

760180500

Los Enojados

Sin aforo

SIN SERVICIO

 

Tomar el sol, baño, pasear y actividad deportiva acuática sin contacto físico.

760180400

Las Galletas

50

SIN SERVICIO

 

Deportes náuticos

Tomar el sol, baño, pasear y actividad deportiva acuática sin contacto físico.

760180300

Charco del baño

Sin aforo

 

SIN SERVICIO

 

Deporte de surf

 

Deporte de surf

Tomar el sol, baño, pasear y actividad deportiva acuática sin contacto físico.

760180200

Playa del Varadero Viejo

Sin aforo

SIN SERVICIO

 

Tomar el sol, baño, pasear y actividad deportiva acuática sin contacto físico.

760180800

Playa de la Ballena

Sin aforo

SIN SERVICIO

 

Tomar el sol, baño, pasear y actividad deportiva acuática sin contacto físico

 

Por medio de la presente, y tras la entrada en vigor del Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID – 19, y cuyo objeto establece además de lo previsto en su título, prevenir posibles rebrotes, con vistas a la superación de la fase III del Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad y, eventualmente, la expiración de la vigencia del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y sus prórrogas (BOE núm. 163 de 10 de junio de 2020, vigencia desde 11 junio 2020)

Vista la Resolución de 19 de junio de 2020, del Gobierno de Canarias, por la que se dispone la publicación del Acuerdo por el que se establecen medidas de prevención para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, una vez superada la fase III del plan para la transición hacia una nueva normalidad, finalizada la vigencia de las medidas propias del estado de alarma, y cuyo objeto pretende establecer las medidas preventivas necesarias para hacerle frente.

Visto el Decreto 78/2020, de 12 de noviembre, del Presidente, por el que se establecen medidas en el ámbito de la isla de Tenerife en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma, para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2. Así como en la Resolución de 12 de noviembre de 2020, por la que se dispone la publicación del Acuerdo por el que se establecen, en el ámbito de la isla de Tenerife, las medidas urgentes de carácter extraordinario y temporal, de prevención y contención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19

Una vez emitido informe técnico municipal a través del Servicio de Medio Ambiente y Sostenibilidad, de fecha 13 de noviembre del 2020, relativo al deber municipal y en concreto en lo previsto en el anexo relativo a playas. Se abrirán al público la totalidad de las playas de Arona durante el periodo de noviembre y diciembre del 2020, bajo los supuestos y condiciones que a continuación se establecen:

OBLIGACIONES

  • Mantenga una distancia interpersonal de al menos 1,5 metros, tanto en el agua como en la arena. 
  • Deberán cumplirse los horarios establecidos.
  • Deberán cumplirse las normas establecidas en las playas especificadas en la cartelería de acceso a las mismas, relativas a usos por zonas y aforos máximos.
  • Deberán realizarse las entradas y salidas a las playas por los pasillos y accesos habilitados siguiendo las flechas termoplásticas impresas en el suelo.
  • Una vez completado el aforo, se procederá a realizar el cierre del acceso de la playa y se izará la bandera amarilla de precaución, no pudiendo los usuarios acceder a esta.
  • Los usos fuera de los horarios establecidos para el Servicio de Salvamento serán bajo responsabilidad personal.
  • Se permite el uso de una toalla, accesorio para sombra y silla/tumbona por persona.
  • Los no convivientes debe permanecer a una distancia de al menos 1,5 metros cuando no hagan uso de la mascarilla en las playas.
  •  Las duchas y lavapies se abrirán bajo normas de uso.
  •  Para la actividad deportiva se deberá mantener una distancia de al menos cuatro (4) metros con vientos moderados, aumentando la misma con vientos fuertes.
  • Evitar interrelacionarse físicamente en la playa y en sus accesos (aglomeraciones), estrechar la mano, besar, abrazar, pararse a saludar, charlar, etc.
  • Se establece la obligatoriedad de cumplir con las medidas de prevención e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias. 
  • No vaya a la playa o abandónela si tiene síntomas de COVID-19 (tos, dolor de garganta, fiebre, dificultad respiratoria). En este caso, contacte con el Tfno. 900 112 061.

PROHIBICIONES

  •  Queda prohibido el acceso a la playa en horario de 21.00 h a 11.00 h (salvo las actividades permitidas en el mar y aquellas expresamente autorizadas) por la realización de labores de limpieza e higienización.
  • Quedan prohibidos grupos de más de 6 personas salvo convivientes.
  • Quedan prohibidos los deportes en la arena salvo en las zonas habilitadas.
  • Queda prohibido fumar.
  • Queda prohibido el uso de los aseos para otro fin distinto al que están destinados.
  • Queda prohibida la estancia en zonas de tarimas debajo de la pérgola en playa de Las Vistas a todas aquellas personas que no tengan movilidad reducida (PMR) y no sean acompañantes de PMR.

Solicitamos a todos los usuarios que sigan las indicaciones de las autoridades Sanitarias. 
Desde el Ayuntamiento de Arona continuaremos informando puntualmente de cualquier cambio o novedad, a través de los perfiles oficiales de este Ayuntamiento en Redes Sociales o Página web (arona.org)

TODAS LAS MEDIDAS establecidas en el presente Decreto, no afectarán al normal funcionamiento de los servicios municipales, entrando en vigor desde 00.00 h del 14 de noviembre del 2020 y mantendrá su eficacia durante toda la vigencia de la alerta sanitaria o hasta la emisión de un decreto.

Lo que comunico a Vd.  Para su conocimiento y efectos oportunos.

ALCALDE – PRESIDENTE

José Julián Mena Pérez