675 - Domiciliación Bancaria para el Pago de Deudas Municipales
Domiciliación del pago de recibos.
PLAZOS DE PRESENTACIÓN
Todo el año.
Órgano de resolución:
Alcalde
Quén puede solicitarlo:
Todas aquellas personas que deseen domiciliar el pago de sus recibos a través de cualquier entidad bancaria
Requisitos:
El interesado deberá remitir a la Entidad Financiera la copia correspondiente.
Documentación:
1. Documentos del titular de la cuenta:
- En el caso de personas físicas:
- 1.1. Fotocopia del D.N.I. del titular de la cuenta.
- 1.2. Fotocopia del N.I.F. del titular de la cuenta.
- Si actuara mediante representante deberá aportar además:
- 1.3. Fotocopia del D.N.I. del representante
- 1.4. Fotocopia del N.I.F. del representante.
- 1.5. Copia auténtica de documento acreditativo de la representación. (*)
- En el caso de personas jurídicas:
- 1.6. Fotocopia del C.I.F.
- 1.7. Copia auténtica de documento acreditativo de la representación. (*)
(*) Para la autenticación de documentos en la oficina de Atención Ciudadana, deberá presentar original y fotocopia.
Advertencias importantes:
- Primero.- La presente orden de domiciliación surtirá efectos para los recibos de cobro periódico, de los tributos relativos a la recogida de basura, los vados y vehículos de tracción mecánica, cuyo período de pago voluntario comience, al menos, dos meses después de su comunicación al Ayuntamiento.
- Segundo.- La orden no afecta a liquidaciones de cobro individual, que se cobrarán por medios que indique la notificación expresa que reciba el interesado, ni a las autoliquidaciones.
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