120 - Obra Mayor - Licencia Municipal
Procedimiento en virtud del cual se insta licencia para la realización de actuaciones u obras de las consideradas mayores conforme a la Ordenanza Municipal vigente.
MODELO NORMALIZADO
PLAZOS DE PRESENTACIÓN
Todo el año.
MEDIOS DE PRESENTACIÓN
CITA PREVIA
Obligatoria
TASAS/IMPUESTO
  • Tasa por licencias urbanísticas, 0,7% del coste real y efectivo de la obra.
  • Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, 2,3% sobre el coste real y efectivo de la construcción, instalación u obra.
Órgano de resolución:
Junta Gobierno Local
Quén puede solicitarlo:

Todas aquellas personas que pretendan realizar obras mayores.

Requisitos:
  • Reformados de documentación técnica.
  • Legalizaciones de obras.
  • Las obras en suelo rústico no tienen que presentar las Alineaciones y Rasantes.
Documentación:

1. Interesados (consultar el reverso de la instancia normalizada del Modelo 120)

2. Representante  (consultar el reverso de la instancia normalizada del Modelo 120)

3. Documentación acreditativa de la titularidad o derecho suficiente para ejercer las actuaciones para las que se solicita la licencia (de obligada presentación salvo que se suscriba la declaración que figura en el apartado 7):

4. Documentación acreditativa de la referencia catastral del inmueble objeto de las actuaciones (recibo del IBI, certificación catastral, etc.)  (consultar el reverso de la instancia normalizada del Modelo 120)

5. Proyecto descriptivo de las actuaciones (proyecto principal), en formato digital y suscrito electrónicamente por facultativo/a competente y, cuando fuera exigible, visado por el colegio profesional correspondiente (ver nota 6 al final)

6. Proyecto/s parcial/es que, en su caso, complementa/n o completa/n el proyecto principal, en formato digital y suscrito/s electrónicamente por facultativo/a/s competente/s y, cuando fuera exigible, visado/s por el/los colegio/s profesional/es correspondiente/s (ver nota 6 al final):  (consultar el reverso de la instancia normalizada del Modelo 120)

7. Diligencia de coordinación en formato digital y suscrita electrónicamente por el/la técnico/a autor/a del proyecto principal (de obligada presentación en caso de que el proyecto principal sea complementado con proyecto/s parcial/es redactado/s por otro/a/s técnico/a/s - Ver nota 7 al final)

8. Documentación acreditativa de la asunción de la dirección facultativa de la obra, suscrita por técnico/a/s competente/s

9. Autorizaciones/informes previos, de presentación obligatoria en los supuestos que se indican: (consultar el reverso de la instancia normalizada del Modelo 120)

10. Informe de la empresa distribuidora de energía eléctrica sobre el punto y condiciones técnicas de la conexión definitiva del suministro y sus instalaciones (de obligada presentación para obras de nueva planta o para intervenciones en edificios existentes que requieran un incremento de la potencia)

11. Informe de la empresa suministradora de agua potable sobre el punto y condiciones técnicas de la conexión definitiva del suministro y sus instalaciones (de obligada presentación para obras de nueva planta o para intervenciones en edificios existentes que requieran un incremento del caudal)

12. Informe de la empresa concesionaria del servicio de saneamiento sobre el punto de conexión a la red de alcantarillado y las condiciones técnicas de la evacuación y sus instalaciones. (de obligada presentación para edificaciones de nueva planta en zonas provistas de alcantarillado)

13. Cuestionario Estadístico de Edificación y Vivienda -CEDOC-

14. Informe de evaluación estructural, en formato digital y suscrito electrónicamente por técnico competente, de conformidad con lo establecido en el apartado D.7 del Anejo D del DB-SE del Código Técnico de la Edificación (de obligada presentación para legalizaciones de edificaciones existentes terminadas)

Área Subárea
Última modificación: 13/01/2025 9:26:45
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